La primera referencia escrita sobre la existencia de las vías pecuarias se remonta a los siglos VI y VII en que el Fuero Juzgo incluía en sus disposiciones el tránsito de los ganados por los caminos y sus derechos de pastoreo.
En concordancia con ello se promulgaron preceptos similares en el Fuero Real y en las Siete Partidas. Es Alfonso X “el Sabio”, en 1273, quien confiere al Honrado Concejo de la Mesta la tutela y defensa de las vías pecuarias.
La trashumancia se convierte así en un elemento crucial de gran importancia económica y social, que decaerá paulatinamente hasta la disolución de la Mesta en 1836. Generalmente se atribuye a La Mesta la mayor responsabilidad en el origen y defensa de la red de vías pecuarias. Según señalan Sáenz Ridruejo et al. (1986) al referirse al Honrado Concejo “nada semejante hubo en el mundo bajomedieval …, y una de las muchas consecuencias de tal singular fenómeno fue la gestación de una red de caminos específicos de la que aún se conservan más de 100.000 Kms.”
Sin embargo, teniendo en cuenta que la actividad de tan autóctona y poderosa organización de ganaderos se limitó en su origen a los territorios peninsulares de la Corona de Castilla, y en la práctica sólo a una parte de ellos donde el negocio lanero tenía importancia, es fácil deducir que no debió ser esa la única razón por la que surge y se estructura un entramado de caminos pastoriles que rebasa ampliamente el antiguo espacio económico de Castilla, sino razones más básicas relacionadas con las características mismas del territorio peninsular, la disposición de sus principales cordilleras, la amplia representación del clima mediterráneo – con un limitante verano seco que agota la producción en las dehesas y el carácter climático continental de la mitad norte no atlántica, con inviernos largos y rigurosos que impiden el aprovechamiento durante un tiempo superior a cinco meses de la producción de los puertos de montaña.